Derechos Intelectuales 24. Tomo 2

Derechos Intelectuales 24. Tomo 2

Derechos Intelectuales 24. Tomo 2

 

Al revisar los artículos del número 24 de “Derechos Intelectuales”, nuestra publicación insignia, me vienen a la mente las siguientes palabras: Juventud y democracia. Juventud, porque la mayoría de los artículos que contienen los dos tomos fueron elaborados por miembros jóvenes de la asociación que con su curiosidad e interés nos ilustran en estas páginas sobre los diversos temas que les preocupan. Democracia, porque los ensayos que se publican en esta obra tratan casi todo el espectro de la propiedad intelectual desde temas clásicos como la protección a las marcas y el derecho de autor hasta la inteligencia artificial pasando por los conocimientos tradicionales, los recursos genéticos, el derecho a la magen personal, el uso de la mediación para procesar delitos contra la propiedad intelectual y la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Si la base de los estados democráticos es la seguridad jurídica y la existencia de unas reglas de derecho claras, todos nuestros colaboradores nos ayudan a entender mejor las regulaciones vigentes en materia de propiedad intelectual.- Elisabeth Siemsen

 

Acuerdos de licencia de marcas: nociones básicas por <strong>Raúl Pereira Fleury Montserrat Puente</strong>

Los acuerdos de licencia de uso de marcas optimizan el rendimiento de las marcas. Como generalmente se pactan por escrito, su correcta redacción es un asunto esencial. Este artículo tiene por objeto arrojar un poco de luz sobre las condiciones comúnmente pactadas en este tipo de acuerdos, junto con algunas recomendaciones para su redacción. Capítulo aparte ocupa el análisis de los beneficios del arbitraje internacional cuando se presentan conflictos en esta materia.

Analysis of slogans protection in the Andean Community por <strong>Octavio Alvarez</strong>

La propiedad industrial está regulada en la Comunidad Andina a través de la Decisión 486 de 2000, norma que distingue lo que debe entenderse como una marca y lo que debe entenderse como un eslogan publicitario. La norma establece que la función básica de una marca es distinguir un producto o servicio dentro del mercado de otros productos o servicios de la competencia mientras que la función básica de un eslogan es complementar una marca. Por lo tanto, podemos decir que el “objeto” de un eslogan no es el producto o servicio en sí, sino la marca que se aplicará a un producto o servicio en particular. Visto así los lemas son, básicamente, una herramienta publicitaria para promover la marca en el mercado. Entonces, ¿por qué los lemas solo se aceptan como una palabra o una combinación de palabras? ¿no es ésta una forma demasiado restrictiva de proteger una herramienta publicitaria tan importante? ¿esa definición está de acuerdo con la realidad y las necesidades actuales del mercado? Sugerimos que se permita el registro de signos compuestos por una palabra, combinación de palabras, palabras y diseños, solo imágenes o cualquier otra combinación. Las ventajas de esta propuesta serían la libertad para operar y elegir el tipo de protección adecuado, no se requeriría renovación, el mantenimiento sería más barato y existiría la posibilidad de ampliar la cartera de propiedad intelectual.

El usufructo de marcas en Colombia por <strong>Tomás González Torres Margarita María Rivera Salas</strong>

El usufructo de una marca, o el derecho a usar y disfrutar los frutos de la propiedad sobre un registro marcario, es una figura comúnmente desconocida y poco utilizada en Colombia, a pesar de la utilidad que puede reportar. Aunque la Decisión 486 de la Comunidad Andina de Naciones no consagró expresamente este tipo de negocio, el mismo ha sido aceptado en reiteradas ocasiones por la Superintendencia de Industria y Comercio.

Este ensayo presenta las principales características y los posibles beneficios comerciales del usufructo de marca.

Marcas no tradicionales en la Comunidad Andina por <strong>Carolyn Hiromi Hamada Jacinto</strong>

El artículo analiza la situación de las marcas no tradicionales (marcas sonoras, olfativas, gustativas, táctiles) en la Comunidad Andina. Revela que la Decisión 486 del 2000 menciona las marcas sonoras y olfativas –no las gustativas ni las táctiles–, pero critica que en la región aún no existan criterios claros y específicos para su registro.

Conflitos de trade dress e os novos parâmetros adotados pelo Superior Tribunal de Justiça no Brasil por <strong>Paulo Parente Marques Mendes y Bárbara Angela Leitão</strong>

Considerando as decisões recentes do Superior Tribunal de Justiça brasileiro no tocante à necessidade de perícia em casos de trade dress (ou o chamado “conjunto-imagem”), o objetivo do presente artigo, é, pois, discutir e, sobretudo, chamar atenção para os novos rumos apontados na área, auxiliando os operadores da área do Direito da Propriedade Intelectual e anti concorrencial que enfrentam, de forma quase diária, desafios referentes a violações desta espécie.

Teoría de la aproximación por <strong>José Carlos Tinoco Soares</strong>

En este artículo se presenta una “nueva teoría” para la protección y defensa de los derechos de los titulares de marcas de prestigio, conocimiento y buena fama. Se trata de la “teoría de la aproximación”, a través de la cual se combate el acto ilícito premeditado, planeado adrede, que usa una marca similar para causar error, duda y confusión entre consumidores sobre los productos y/o servicios prestados.

El secreto empresarial y los sistemas de gestión de cumplimiento por <strong>Diana María Bastidas Ocampo</strong>

La protección del secreto empresarial exige, entre otras, que su legítimo poseedor tome medidas razonables para que se mantenga oculto. La autora sugiere, para ese efecto, que al interior de las organizaciones se implemente un sistema de gestión de cumplimiento de propiedad intelectual en el cual se incluya la gestión del riesgo del secreto empresarial. También propone que se apliquen y armonicen otros programas y sistemas de gestión de cumplimiento al interior de las organizaciones como son el programa integral de gestión de datos personales y el programa anticorrupción de ética y cumplimiento –PAEC–.

Los derechos de autor y derechos conexos en las convenciones internacionales y su aplicación a contenidos audiovisuales por <strong>Ignacio Andrade Aycinena</strong>

Los derechos de autor y derechos conexos se protegen en los diversos países desde dos perspectivas: el sistema europeo y el copyright. Esta dicotomía genera problemas como la falta de armonización y dificultades para conciliar el contenido y extensión de los derechos de autor sobre obras audiovisuales, fonogramas y derechos conexos. Este artículo analiza esa problemática desde la perspectiva Centroamericana.

Modificaciones a la legislación mexicana sobre propiedad intelectual propuestas por el T-MEC por <strong>Claudina González Muñoz</strong>

Este ensayo trata sobre las modificaciones y adiciones que propone el capítulo de propiedad intelectual del acuerdo Estados Unidos-México- Canadá (T-MEC) sobre la legislación mexicana. Se analizarán especialmente las disposiciones relativas a derechos de autor, marcas y patentes, y se presentará una comparación entre dichas normas y las contempladas en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) vigente desde 1994.

El acuerdo fue firmado en noviembre de 2018 y no ha comenzado a regir pues se encuentra pendiente de ser ratificado por los congresos de los tres países.

Retos para la protección de los derechos de propiedad industrial en Cuba por <strong>Yeney Acea Valdés</strong>

Los bienes intelectuales se erigen en fuente de importantes recursos financieros para el sector empresarial, de manera que brindarles una adecuada protección constituye una prioridad. Sin embargo, esta labor puede ser bastante compleja, dada la naturaleza inmaterial de tales activos. Este trabajo aborda de manera sucinta los principales instrumentos que brinda la normativa actual para la protección de los bienes intangibles en el contexto empresarial, con particular atención a lo preceptuado en el sistema legal cubano.

La imitación de bienes inmateriales: un análisis desde la propiedad intelectual y la competencia desleal por <strong>Carlos Urquieta</strong>

El presente trabajo aborda el fenómeno de la imitación de los activos inmateriales en su dimensión jurídica, en lo que se refiere a su caracterización, esto es, la manera en la cual esta conducta es abordada por el ordenamiento tanto para permitirla o incluso fomentarla -lo que se conoce como el derecho a imitar o principio de la libre imitación o de libre imitabilidad- como para, en ciertas y determinadas circunstancias, limitarla o prohibirla, sea porque existe, o puede llegar a existir, un derecho de propiedad intelectual, o debido a que dicha conducta es reprochable en el juego de la concurrencia por ser considerada un acto de competencia desleal.

 

 



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6-DI-24-2-ASIPI.pdf

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