a) Conveniencia de la mediación y arbitraje en materias de PI. ¿Qué beneficios tiene en comparación a la justicia ordinaria?
b) ¿Cuáles son los conflictos actuales de PI que pueden mediarse o arbitrarse?
c) ¿Solo materias de libre disposición de las partes, disputas contractuales?
d) ¿Qué pasa con los conflictos por la titularidad, existencia o validez de los derechos de PI, se ve posible que sean mediables o arbitrables?
e) Casos prácticos y experiencias exitosas.
Código de acceso: h.4QYLTq