Derechos Intelectuales 19
ASIPI está orgullosa de poder presentarles una nueva edición de la Revista de Derechos Intelectuales. Los invitamos a poder disfrutar de estos interesantes artículos y a seguir trabajando con este compromiso que ASIPI tiene desde sus inicios, somos nosotros quienes fabricamos los cristales con los cuales el mundo ve a la Propiedad Intelectual, tenemos una gran responsabilidad y debemos afrontarla con creaciones intelectuales como las que les estamos presentando.- Juan Vanrell
El presente trabajo plantea una mirada global sobre la industria de la moda. Desde esta perspectiva, se analizan los siguientes aspectos legales de la industria de la moda que se relacionan con la Propiedad Industrial e Intelectual: las licencias para marcas de certificación relativas a determinadas cualidades del producto, la protección de las tecnologías involucradas en las llamadas “tecnologías vestibles” (wearable technologies) y la moda como objeto del Derecho de Autor (con particular énfasis en la aplicación del concepto de parodia frente a la industria de la moda). El trabajo plantea algunas conclusiones en relación a las estrategias de protección y los posibles conflictos que se derivan de las cuestiones analizadas.
En el presente artículo exponemos un tema específico sobre la falta de regulación en México de marcas gráficas o innominadas que contemplan indicaciones de procedencia, a la luz de los tratados internacionales, la legislación mexicana y la jurisprudencia de los tribunales nacionales.
Un alto porcentaje de signos distintivos solicitados y registrados en las oficinas de propiedad industrial como marcas están conformados por denominaciones simples y compuestas. Ello implica que una gran cantidad de controversias y oposiciones se originan a partir de palabras, arbitrarias, con significado, fantasiosas, genéricas y usuales. Este artículo pretende aportar nuevos elementos de análisis para comprender la palabra como signo distintivo y su dinámica relación con los consumidores, pone de relieve la necesidad de contar y usar herramientas técnicas y sistematizadas como el diccionario de americanismos o el peritaje fonético en la defensa y protección de los signos distintivos conformadas por palabras.
En el presente documento exponemos la problemática de la aplicación de la “inversión de la carga de la prueba” en patentes de procedimiento y si esta figura opera de manera automática o si debe necesariamente cumplir ciertos requisitos. Veremos si la institución jurídica de la inversión de la carga de la prueba es una institución independiente y diferente de la presunción juris tamtum o si al contrario operan como una sola estructura jurídica.
El presente trabajo pretende desarrollar, desde una perspectiva general, la manera como el ordenamiento jurídico chileno se encarga de proteger los distintos elementos que forman parte de uno de los activos intangibles más valiosos de la empresa, como es su imagen. Para estos efectos, se considerará en primer lugar en qué consiste la imagen de la empresa, para luego referirnos a sus distintos mecanismos de protección, con un especial énfasis a la regulación vigente en materia de propiedad industrial y de competencia desleal.
Partiendo de curiosas anécdotas, algunas jurídicas y otras no, este ensayo analiza el progreso de la protección a las obras artísticas y literarias antes de que existieran las modernas legislaciones sobre el derecho de autor. Los egipcios, griegos y romanos en la antigüedad compartían algunas ideas sobre la concepción de autoría, pero cada uno a su manera; las ideas religiosas de la edad media cambiaron la noción de “autor” y llevaron al primer “litigio” por un derecho autoral; la imprenta disparó la literatura y las monarquías de Europa inventaron las patentes y los privilegios para la comercialización de obras literarias; hasta que finalmente la Reina Ana promulgó su famoso estatuto de 1709-1710, reglamentando por primera vez el copyright; pero los franceses no se quedaron atrás, ideando su propio droit d’auteur. El ensayo concluye con un recuento de la tipificación del derecho de autor en América Latina y en el plano internacional.