Derechos Intelectuales 23

Derechos Intelectuales 23

Derechos Intelectuales 23

 

La Propiedad Intelectual −PI− es una disciplina que abarca múltiples esferas del saber, y se nutre de todos los avances sociales, económicos y políticos que revisten nuestro día a día. Ante esta realidad, cada vez es más imperante estudiar, trabajar y analizar todos los temas de forma multidisciplinaria. El profesional de PI debe avanzar a pasos escalonados, a fin de ir a la par con la constante y acelerada innovación que posee esta materia. ASIPI, como entidad propulsora del estudio constante de PI, aboga desde sus inicios por el fomento del pensamiento y análisis crítico. Es por esto que me enorgullece presentarles el volumen No. 23 de “Derechos Intelectuales”, que es una publicación de circulación anual que contiene diversos estudios sobre signos distintivos, nuevas creaciones, derechos de autor y otros temas de punta, elaborados por miembros de ASIPI. - María del Pilar Troncoso

 

El nuevo régimen de los diseños industriales en México 16 (Un análisis de las Reformas a la Ley de Propiedad Industrial) por <strong>Martín Michaus Romero</strong>

Las dos Reformas de 2018 a la LPI de México constituyen una trascendental transformación del Sistema de Propiedad Industrial. Ambas son el resultado de negociaciones multilaterales y buscan homologar las disposiciones a los estándares internacionales. Una prueba de esto son las reformas en materia de diseños industriales, principal motivo de este estudio. El reto para los juristas mexicanos a partir de ahora será definir conceptos como “diseñador”, “creación independiente”, “grado significativo”, “usuario informado”, “libertad del diseñador”, “detalles irrelevantes” y otros, ayudados por la experiencia de los Tribunales, particularmente Europeos, para a dar certeza jurídica y confiabilidad en esta nueva etapa del Sistema Jurídico Mexicano de la Propiedad Industrial.

Protección de los videojuegos en las Américas por <strong>Aldo Fabrizio Modica Y Diana Muller / </strong><strong>Contribuciones</strong>

El objetivo del presente artículo es determinar el alcance de la protección jurídica de los videojuegos en los países de la región americana. Para ello se analizarán los siguientes temas: a) el régimen de protección de los videojuegos, incluyendo su naturaleza jurídica, el tipo de obra, los elementos protegidos por propiedad intelectual, y los autores y titulares; b) los derechos subyacentes en los videojuegos, incluidos los derechos morales y patrimoniales, los sistemas remunerativos de compensación para creadores, los derechos a favor del usuario, las limitaciones y la gestión colectiva; c) la cesión de derechos y/o licencias en los videojuegos, incluidas las presunciones, los regímenes de cesiones aplicables y las licencias para la organización de torneos y competencias por terceros; d) la protección adyacente a los videojuegos, que abarcan el derecho de imagen, el derecho a la intimidad y la protección de datos personales; e) otros temas vinculados a los videojuegos, donde se establecen regulaciones adicionales, y jurisprudencia relevante sobre videojuegos y propiedad intelectual.

Patentes esenciales y libre competencia por <strong>Gustavo León y León Durán</strong>

Las patentes esenciales, a través de los llamados consorcios de patentes, pueden constituir una alternativa atractiva para ofrecer el licenciamiento de tecnología esencial o estándar de forma más simple para los licenciantes, pero a su turno pueden conllevar diversos efectos contrarios a la libre competencia. En el presente artículo se analizan los conceptos básicos y la problemática de las patentes esenciales, a la luz de la casuística sobre el particular.

Diseño y funcionalidad: amanece en Europa por <strong>Iván L. Sempere Massa</strong>

El presente artículo trata la cuestión de la prohibición de la protección de características funcionales en el ámbito del diseño. La funcionalidad y su prohibición pueden afectar a la eventual validez de un diseño, así como también a su alcance de protección. Es evidente que la mayoría de los diseños integran aspectos funcionales y ornamentales, por lo que es esencial determinar el tratamiento de las características funcionales. En este ámbito, la tesis de la multiplicidad de formas ha sido la más recurrente, pero de un tiempo a esta parte, otras tesis han ido ganando terreno. Hoy la situación en Europa dibuja un mapa en el que la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO o La Oficina) parece estar más del lado de entender que el análisis debe descansar en el diseño analizado y sus características concretas siendo indiferente la existencia de formas alternativas para solventar la misma función, mientras que algunos tribunales parecen estar anclados en la tesis de la multiplicidad de formas.

El 8 de marzo de 2018, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó una respuesta a una cuestión prejudicial en el asunto DOCERAM GmbH v. CeramTec GmbH C-395/16 (en adelante, caso DOCERAM), que clarifica el criterio a seguir en el seno de la Unión Europea.

La transmisión de los derechos de autor bajo el impacto de las nuevas disposiciones del Código Civil y Comercial de la nación argentina por <strong>María Soledad Álvarez y Valeria Bollero</strong>

El presente trabajo analiza las diferentes modalidades de transmisión de derechos de autor a partir de las nuevas disposiciones contenidas en la Ley 26.994 de Argentina, por la cual se aprueba el nuevo Código Civil y Comercial. Se comienza por presentar las nuevas disposiciones del Código de manera comparativa para determinar cuáles fueron los cambios introducidos y cuáles son las implicaciones prácticas de los mismos.

Adicionalmente, en este ensayo se presenta un estudio detallado de las diferentes formas de transmisión de derechos –tanto por actos entre vivos como mortis causae– haciendo un énfasis especial en la transmisión por disolución de la sociedad conyugal, debido a la nueva clasificación que se hace en el CCC de los derechos derivados de la propiedad intelectual como gananciales. Por último, se muestra el conflicto que puede surgir entre los titulares de derechos de autor – en especial los titulares derivados que adquieren los derechos mortis causae– y la comunidad, resaltando la importancia de los llamados bienes de incidencia colectiva.

Conocimientos tradicionales y derechos de propiedad Intelectual por <strong>Hans Karl Palma Pazmiño</strong>

El autor de este artículo analiza la relación entre los derechos de propiedad intelectual y los conocimientos tradicionales, a la luz de la legislación ecuatoriana. Particularmente trata el reconocimiento de dichos conocimientos a través de las figuras de propiedad intelectual mediante su inclusión como derechos colectivos. A este análisis se suman las disposiciones de la normativa andina sobre la correcta administración, total reconocimiento, acceso, defensa, protección y reparto de los beneficios de los conocimientos tradicionales, tanto para sus legítimos poseedores, como para la sociedad en general.

El sistema de contratación autoral en la ley federal del derecho de autor (México) por <strong>Mariza De La Mora Mondragón</strong>

Se parte del estudio de los dos diferentes sistemas contractuales que existen actualmente en el derecho de autor, con el fin de resaltar las diferencias y similitudes entre el sistema dualista y el sistema alemán, para posteriormente aterrizarlo en la legislación mexicana, con el objeto de determinar ante qué sistema de contratación autoral está México o si tiene su propio sistema. Se pretende confirmar si las disposiciones jurídicas vigentes realmente son aplicables al sistema de contratación, a través del estudio comparado con la doctrina y legislación extranjera en la cual se ha basado nuestra Ley Federal del Derecho de Autor, Tratados Internacionales, legislación interna, doctrina nacional e internacional relacionada con la materia, así como los criterios que han formado las autoridades por intermedio de sus resoluciones y sentencias, que nos ayudan a comprender la legislación de una mejor forma.

También se propone una interpretación armónica de la ley para definir de acuerdo con el sistema de contratación, hasta qué punto se ceden o transmiten los derechos morales y económicos propios que conforman el derecho autoral en la celebración misma del contrato, y en ese sentido, comprobar la falta de técnica jurídica del legislador.

La relación jurídica del mánager con los artistas intérpretes y ejecutantes de la música en Cuba por <strong>Jorge Luis Ordelin Font</strong>

El presente artículo tiene como objetivo analizar la relación jurídica civil entre el representante musical y el artista intérprete o ejecutante en Cuba. Esta es una relación jurídica de naturaleza compleja en la cual intervienen no solo normas de derecho civil, sino también de propiedad intelectual y derecho laboral. En Cuba esta relación presenta peculiaridades en su configuración y desarrollo, lo cual incide en el papel de los mánager en la carrera de los artistas musicales. El artículo se divide en dos partes fundamentales, la primera está dirigida al estudio de las particularidades de la representación voluntaria en el campo cultural de la música en Cuba, mientras que la segunda tiene como finalidad el estudio de la relación jurídica representativa del mánager musical, con especial interés en el contrato de gestión. El artículo presenta una visión general del papel del manager en las actividades de administración y gestión de la carrera de los artistas.

Protección de los conocimientos tradicionales y las expresiones culturales tradicionales en Guatemala: de la Justicia Constitucional a la Función Legislativa por <strong>Ivón Hernández </strong>

La protección de los conocimientos tradicionales y las expresiones culturales tradicionales es un tema que guarda una estrecha relación con la propiedad intelectual y que ha cobrado relevancia en algunos países, en los últimos años, especialmente debido a casos de apropiación indebida y explotación no autorizada. En Guatemala el tema recientemente fue analizado con motivo de una acción de inconstitucionalidad, en la que la Corte de Constitucionalidad resolvió exhortar a los diputados del Congreso de la República a emitir una legislación ad hoc.

Hacia donde van las marcas no tradicionales por <strong>Zoraida Fonseca</strong>

El derecho de marcas es uno de los más dinámicos que existe pues tiene que adaptarse al surgimiento de nuevos productos, a novedosas formas de mercadotecnia en entornos digitales y a mercados cada vez más competitivos. Como una manifestación de estos cambios aparecen las marcas no tradicionales que al identificar los productos o servicios buscan impactar todos los sentidos del consumidor y generar una mayor diferenciación frente a los competidores. Las marcas no tradicionales han dado un nuevo aire al derecho marcario haciéndolo más vivaz, entretenido y actual.

Una mirada a los requisitos de cesión de derechos patrimoniales de autor en diversos países de América Latina por <strong>ASIPI- Comité de Derechos de Autor(2015-2018)</strong>

El presente trabajo se origina en la actividad desarrollada por el Comité de Derechos de Autor de ASIPI y sus miembros, del período 2015 – 2018.

Ello incluye información sobre normativa y requisitos para la cesión o transferencia de derechos patrimoniales de autor en varios países de América Latina. El trabajo cubre aspectos tales como si es admitida la transferencia total y definitiva, si existen diferencias entre transferencia y cesión y las formalidades exigidas. Además, si la legislación prevé requisitos específicos con respecto a alguna industria en particular, como el software, audiovisual o música. También comprende asuntos tales como la posibilidad de transferir derechos patrimoniales de autor en contratos de prestación de servicios laborales o civiles y las formalidades o presunciones legales para ello. Con respecto al trabajo realizado por los empleados, se analiza si existe algún tipo de derecho a una remuneración adicional además del salario, en caso de producirse obras protegidas por el derecho de autor.



Attached Files

Derechos-Intelectuales-23-ASIPI.pdf

Los comentarios están desactivados.